LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA
En uso de las atribuciones constitucionales, legales, estatutarias y en especial las conferidas por el Articulo 135°- 173°, subsiguientes de la Ordenanza007E de 2013 y el Artículo 326° - 327° y subsiguientes de la Ordenanza 014E de 2017, Estatuto de Rentas del Departamento de Arauca, el artículo 684° Y 688°del Estatuto Tributario Nacional.
HECHOS:
El día 05 de octubre del año 2015 EL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES, el cual actuó a través de fiduciaria LA FIDUPREVISORA S.A conforme lo dispuesto en el artículo 48 de la ley 1523 de 2012 y el Departamento de Arauca con NIT.800.102.838- 5,representada legalmente para la fecha por el señor JOSÉ FACUNDO CASTILLO CISNEROS identificado con cédula de ciudadanía No 17.589.302 de Arauca, en su condición de gobernador posesionado por acta del 27 de enero de 2011 de Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Arauca, celebraron convenio interadministrativo No 9677-P PAL001-560-2015,
Que dentro de los compromisos del convenio, el Departamento de Arauca en la cláusula segunda numeral 5° se estableció iniciar dentro de los 15 días calendarios posteriores a la suscripción del acta de inicio del convenio, el proceso de contratación de la obra y la interventoría necesaria para la ejecución del objeto del convenio previo el cumplimiento de los requisitos de ley. El proceso de contratación se adelantó con base en el régimen especial de contratación contemplado en el articulo 66 ley 1523 de 2012.
En consecuencia de lo anterior, se adelantó proceso especial de contratación según el régimen establecido en la ley 1523 de 2012 y ley 1150 de 2007 que introduce modificaciones en la Ley 80 de 1993, dentro de la cual presentó propuesta, la UNIÓN TEMPORAL RIO CARANAL con NIT 900919365-3 cumpliendo con los requisitos de carácter jurídico, técnico, financiero y de ponderación exigidos por la entidad en el pliego de condiciones.